El Gobierno implementó nuevas reformas en la reglamentación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429 mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial. Estas modificaciones actualizan la clasificación de armas y municiones prohibidas y establecen parámetros claros sobre el acceso, la portación y la transferencia de armas.

Entre las novedades, se definió que el acceso y porte de armas no podrá ser limitado de forma irrazonable o desproporcionada, respetando el principio de reserva y los derechos constitucionales. Además, se regulan aspectos como la adquisición, tenencia, uso, transporte e importación de armas de fuego, armas químicas agresivas, explosivos y demás materiales relacionados, tanto para uso civil como militar.

Las reformas incluyen la modernización de los registros correspondientes, mejorar los procedimientos de sucesión y transferencia, y abarcar específicamente al personal de las Fuerzas Armadas, las fuerzas policiales y de seguridad federales, así como a los policías y efectivos penitenciarios provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El listado de armas y dispositivos prohibidos fue actualizado para precisar qué materiales quedan fuera del régimen permitido. Entre ellos se destacan:

  • Escopetas con calibre superior al máximo autorizado que tengan un cañón de longitud menor a 380 mm.
  • Dispositivos que conviertan un arma semiautomática en automática.
  • Armas de fuego disimuladas en objetos comunes como lápices, bastones o cigarreras.
  • Munición expansiva con núcleo de plomo hueco o deformable, proyectiles con cabeza chata o con ranuras que causan heridas desgarrantes, salvo para caza o tiro deportivo.
  • Munición con puntas perforantes, explosivas, incendiarias —excepto las usadas para control de plagas agrícolas— y proyectiles envenenados.
  • Agresivos químicos y armas electrónicas diseñadas para efectos letales.

Estas restricciones se aplican para regular el uso civil y profesional de armas y municiones, mientras que ciertas municiones exclusivas son autorizadas para las fuerzas de seguridad federales, policiales y penitenciarias. Con estas medidas, el Estado busca equilibrar los derechos constitucionales con la necesidad de actualizar el control y la seguridad en la tenencia y uso de armas en el país.