Los bancos ya no están obligados a informar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) sobre depósitos en dólares que no superen un monto equivalente a 40 salarios mínimos, vitales y móviles. Este límite representa cerca de 13,8 millones de pesos, lo que equivale a aproximadamente 10.000 dólares según el salario mínimo vigente.

Cuando los depósitos mensuales exceden ese umbral, las entidades financieras están facultadas para requerir documentación que avale el origen de los fondos. Esta medida se enmarca en la prevención de lavado de dinero, que exige mayor transparencia en los movimientos de divisas.

AfiliaGo - DafaBet Latam

Para justificar la procedencia de los dólares, se toman en cuenta operaciones legales como la compra oficial de divisas, transferencias a través del dólar MEP o la venta documentada de activos y criptomonedas. En cambio, los fondos provenientes del mercado informal, sin respaldo, pueden ser considerados irregulares, pudiendo acarrear sanciones conforme a la Ley Penal Cambiaria.

Por otro lado, ARCA fijó el umbral de reporte para transferencias y acreditaciones en moneda extranjera en 50 millones de pesos para personas físicas y 30 millones para personas jurídicas. Este límite abarca la suma total de movimientos dentro del mismo mes calendario y busca fortalecer el control sobre operaciones financieras.

Estas modificaciones apuntan a incentivar la incorporación de dólares al sistema bancario formal, aumentar la transparencia de las transacciones y evitar el uso de divisas de origen dudoso, en un contexto de flexibilización de controles para promover la bancarización.