Los senadores de la Comisión de Legislación General retiraron el artículo que establecía las condiciones en las que las pensiones a exgobernadores y exvicegobernadores podían ser anuladas, modificando así el proyecto aprobado inicialmente por Diputados. Esta decisión permitirá que el beneficio no se suspenda en función de esas situaciones específicas, aunque la iniciativa deberá ser refrendada nuevamente en la Cámara baja tras la votación en el Senado.
La propuesta, presentada originalmente por el Poder Ejecutivo, busca derogar la Ley N° 4.506, vigente desde 1964, que regula las pensiones vitalicias para exautoridades provinciales. El nuevo texto establece que ningún funcionario público provincial, municipal o comunal podrá acceder a pensiones especiales fuera del régimen ordinario de jubilaciones, salvo excepciones contempladas en normas específicas para méritos culturales o veteranos de Malvinas.
Asimismo, el proyecto mantiene la continuidad del pago de estas pensiones reconocidas bajo la ley vigente, incluso después del fallecimiento del beneficiario, extendiéndolas al cónyuge supérstite o hijos menores. Sin embargo, establece incompatibilidades claras para quienes cobren otras prestaciones o salarios públicos, permitiendo únicamente ejercer docencia sin perder el beneficio. En tales casos, el pensionado deberá optar formalmente entre continuar con la pensión o el salario, debiendo suspender la percepción de una mientras ejerce la otra.
Además de este proyecto, durante la sesión se aprobaron expedientes relacionados con donaciones de inmuebles para la realización de obras públicas en diferentes localidades de la provincia, enmarcando la continuidad del trabajo legislativo en el segundo piso de Casa de Gobierno.